Aumento 5 % (recibo de agosto) // Grilla salarial 2014 // “TU SALARIO”
SEGUIMOS EXIGIENDO AL MACRISMO:
Compañeros:
Informamos que en el próximo recibo de sueldos (correspondiente al mes de agosto) recibimos el 2º aumento acordado en paritarias (5% sobre salario de diciembre 2013). Recordamos que es REMUNERATIVO, por lo tanto, impacta en el monto del fondo estimulo.
Para que cada uno pueda estimar el monto de ese aumento, la Junta Interna de ATE Estadística y Censos les facilita la GRILLA SALARIAL 2014 específica para Estadística y Censos (que incluye los montos de los diferentes fondos estímulos según los porcentajes de la evaluación, excluye otras sumas, etc, etc).
Anunciamos también que actualizamos la plataforma virtual TU SALARIO con los nuevos valores de las Canastas del mes de JULIO 2014 (publicado por la propia DGEyC), para que todos podamos calcular y hacer un seguimiento del poder adquisitivo de nuestro salario. Resaltamos que en un año, según la DGEyC, los gastos de una familia porteña (matrimonio joven con 2 hijos menores y que paga un alquiler) aumentó 37%. Con este incremento, en julio de 2014, el valor de esa canasta total ascendió a 11.149 pesos mensuales (en julio 2013, era de $ 8.144)
Esta iniciativa elaborada por la Junta Interna de ATE Estadística y Censos te permite calcular y graficar el porcentaje de la Canasta que cubre mensualmente nuestro salario.
Es sencillo, sólo tenés que seleccionar un set de datos para salarios, otro para canasta y presiona "Graficar" (seguí los 4 pasos detallados en nuestro blog). Para poder acceder a la plataforma, ingresá a:
ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com
VISITÁ NUESTRO BLOG: http://juntainternaestadistica.blogspot.com.ar/
Sobre Horas estadísticas 2013. Propuesta de ATE. Disposiciones Nº 11 y Nº 22 (DGEyC)
Compañeros:
El día de hoy, 26 de agosto, hemos presentamos una nueva nota a las autoridades de la DGEyC retomando los mismos reclamos ya realizados por el tema de las horas estadísticas en las notas del 31/03/2014 y 19/06/2014 que copiamos más abajo. Ahí manifestamos también, entre otras cuestiones, que en caso de que sea necesario introducir un criterio de caducidad a las horas estadísticas acumuladas (aún entendiendo que en la normativa vigente “sobre el régimen flexible restringido” no se desprende nada vinculado con esto), una PROPUESTA alternativa para el tratamiento de las horas estadísticas (diferente a la formulada por el Director en la Disposición Nº 11/2014), proponiendo igualarlas a la licencia por vacaciones (y no a los tramites particulares).
Nos parece más útil y adecuado a las necesidades de los trabajadores de la DGEyC que las horas estadística acumuladas sean igualadas a la licencia por "vacaciones", es decir, que tengamos 2 años para tomarlas sino recién ahí “caducan”.
El año avanza y no hay respuesta. Y no queremos que las novedades se presenten como “hechos consumados” como fueron las Disposiciones Nº 11 y 22 a principio de este año. Necesitamos que estas cuestiones estén lo más clara posible y que las reglas sean presentadas y publicadas a priori. Tal como hemos manifestado públicamente en reiteradas ocasiones nuestra voluntad y vocación de diálogo, esta Junta Interna está dispuesta a aclarar estas observaciones también personalmente al Director.
Ambas Disposiciones están colgadas en nuestro blog para que todos los compañeros estén al tanto de las modificaciones introducidas al régimen de horario flexible restringido a principio de 2014: Disposiciones 11 y 22
¿Cuáles fueron las novedades en 2014 sobre horas estadísticas?
En la Disposición Nº 11 (del 13/01/2014) se estableció un criterio de caducidad que no existía en la normativa vigente (aún varios compañeros disponen horas estadísticas acumuladas en 2012!!!). Textualmente dice:
“Art. 1º.- Establézcase, hasta el 31 de diciembre de 2014, un límite máximo de cientos cinco (105) horas estadísticas por adelanto de trabajo, a acumular para los agentes de planta permanente, las cuales deberán ser gozadas en el año calendario” (el resaltado es nuestro).
Y en la Disposición Nº 22 (del 17/01/2014), se decidió que las horas estadísticas realizadas sólo en diciembre de 2013 se podían disponer para ser usadas a partir de enero 2014 (ya que se habían borrado de un plumazo las acumuladas durante 2013 mediante la citada Disposición Nº 11 y solo disponían horas estadísticas para comenzar el nuevo año aquellos compañeros que aun tenían el saldo de horas acumuladas durante 2012). Estas horas trasladadas son a cuenta de las 105 hs anuales permitidas acumular. Por otro lado, cabe mencionar que fueron alrededor de la mitad del total de planta permanente quienes realizaron horas en diciembre 2013, y por lo tanto, los que trasladaron horas para empezar 2014 (eso se desprende comparando los listados de plantas de ambas Disposiciones que están en los ANEXOS).
Citamos el CONSIDERANDO de la Disposición Nº 22: “Que, teniendo en cuenta la imposibilidad de acumular las horas efectuadas y autorizadas en el último mes calendario de 2013, dado que las mismas expiran comenzando 2014, resulta pertinente trasladar las horas efectuadas y autorizadas en ese mes […] y que es dable aclarar que dichas horas formarán parte del tope de ciento cinco (105) horas anuales que se pueden autorizar para el año calendario 2014” (el resaltado es nuestro).
SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE
SUMEMOS MAS FUERZA Y SIGAMOS PELEANDO POR DEFENDER NUESTROS DERECHOS.
CUANTOS MAS SEAMOS MAS FUERTE SERAN ESCUCHADOS NUESTROS RECLAMOS.
ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com
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Junta Interna ATE Estadística y Censos
Nota presentada:
Ciudad de Buenos Aires, 26 de agosto de 2014
AL SR. DIRECTOR
DE LA DIRECCION GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
S_____________________/____________________ D
En nombre y representación de la Junta Interna de Delegados de la Asociación Trabajadores del Estado – ATE, en el organismo, nos dirigimos a Ud. a fin de reiterar los dos reclamos formulados en la nota presentada el 31/03/2014 sobre el régimen de horas estadísticas:
a- Incorporación al SIRH del “Saldo de horas estadística 2013” (a quien correspondiera)
b- Modificación del criterio introducido como novedad en la Disposición Nº 11/2014 sobre la caducidad en el mismo año de las horas estadísticas no usadas.
Y también reiteramos, sobre este último punto, nuestra propuesta alternativa para el tratamiento de las horas estadísticas acumuladas. Repetimos, en caso de que sea necesario introducir un criterio de caducidad a las horas estadísticas acumuladas (entendemos que en la normativa vigente "sobre el régimen flexible restringido" no se desprende nada vinculado con esto), la propuesta “alternativa” a la formulada por ud. en la mencionada Disposición Nº 11/2014:
Nos parece más útil y adecuado a las necesidades de los trabajadores de la DGEyC que las horas estadística acumuladas sean igualadas a la licencia por "vacaciones" (y no a los “tramites particulares” tal como fuera mencionado por ud.), es decir, tengamos un plazo de hasta dos (2) años para tomarlas sino recién ahí “caducan”.
Por otro lado, aprovechamos para recordarle que necesitamos discutir, establecer y acordar “criterios claros” para que se les otorgue las horas estadísticas a todos los compañeros de la DGEyC porque (injustamente) hay compañeros que sus jefes no los autorizan a acumular horas estadísticas.
En caso de que sea necesario, y tal como hemos manifestado públicamente en reiteradas ocasiones nuestra voluntad y vocación de diálogo, esta Junta Interna está dispuesta a aclarar estas cuestiones también personalmente.
Sin más y esperando una pronta respuesta favorable, saluda atentamente
Junta interna ATE Estadística y Censos
Notas anteriores:
Ciudad de Buenos Aires, 19 de junio de 2014
AL SR. DIRECTOR
DE LA DIRECCION GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
S_____________________/____________________ D
En nombre y representación de la Junta Interna de Delegados de la Asociación Trabajadores del Estado – ATE, en el organismo, nos dirigimos a Ud. a fin de reiterar los dos reclamos formulados en la nota presentada el 31/03/2014 sobre el régimen de horas estadísticas:
a- Incorporación al SIRH del “Saldo de horas estadística 2013” (a quien correspondiera)
b- Modificación del criterio introducido como novedad en la Disposición Nº 11/2014 sobre la caducidad en el mismo año de las horas estadísticas no usadas.
Ahora bien, sobre este último punto, en caso de que sea necesario introducir un criterio de caducidad a las horas estadísticas acumuladas (entendemos que en la normativa vigente "sobre el régimen flexible restringido" no se desprende nada vinculado con esto), como propuesta “alternativa” a la formulada por ud. en la mencionada Disposición Nº 11/2014, le acercamos la siguiente propuesta:
Nos parece más útil y adecuado a las necesidades de los trabajadores de la DGEyC que las horas estadística acumuladas sean igualadas a la licencia por "vacaciones" (y no a los “tramites particulares” tal como fuera mencionado por ud.), es decir, tenemos un plazo de hasta dos (2) años para tomarlas sino recién ahí “caducan”.
Por otro lado, aprovechamos para recordarle que necesitamos discutir, establecer y acordar “criterios claros” para que se les otorgue las horas estadísticas a todos los compañeros de la DGEyC porque (injustamente) hay compañeros que sus jefes no los autorizan a acumular horas estadísticas.
En caso de que sea necesario, y tal como hemos manifestado públicamente en reiteradas ocasiones nuestra voluntad y vocación de diálogo, esta Junta Interna está dispuesta a aclarar estas cuestiones también personalmente.
Sin más y esperando una pronta respuesta favorable, saluda atentamente
Junta interna ATE Estadística y Censos
Ciudad de Buenos Aires, 31 de marzo de 2014
AL SR. DIRECTOR
DE LA DIRECCION GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
S_____________________/____________________ D
En nombre y representación de la Junta Interna de Delegados de la Asociación Trabajadores del Estado – ATE, en el organismo, nos dirigimos a Ud. a fin de solicitar aclaración sobre saldo de horas estadísticas acumuladas en 2013.
Reiteramos nuestro reconocimiento al régimen de horario flexible restringido presente en este organismo (tal como lo hicimos públicamente en el mail del 21/04/2013).
Teniendo en cuenta la normativa vigente sobre el régimen flexible restringido hasta 31 de diciembre 2013 (Res. 278/11-AGIP, Res. 229/13- AGIP; Dis 164/13-DGEYC; Dis 206/13- DGEYC) solicitamos que el SALDO DE HORAS ESTADISTICA 2013 de cada trabajador sea cargado en el SIRH a la brevedad para ser utilizado durante 2014 (saldo que se origina a partir de contabilizar el saldo al 31/12/2012 + hs. Acumuladas 2013 – hs. Estadísticas tomadas 2013), saldo que respete lo que no se haya utilizado, tal como señala la normativa vigente, hasta un máximo de 105 horas en el año calendario, en este caso durante 2013, por adelanto de trabajo. La Resolución 229/13-AGIP es muy clara al respecto señalando en el punto “5.- Utilización posterior de horas Tributarias o Estadísticas […] En el año calendario los agentes podrán gozar de hasta un máximo de 105 (ciento cinco) horas reloj por adelanto de trabajo”. Pero no dice nada en caso de que quede un saldo de esas 105 horas estadísticas acumuladas pero no gozadas. Por lo tanto, reclamamos que este saldo se incorpore al SIRH.
El 13 de enero de 2014, nos informan de la Disposición 11/14- DGEYC en donde se establece, como “novedad” respecto a la normativa vigente, que las horas estadísticas acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2014 “deberán ser gozadas en el año calendario”. Entendemos que, por ejemplo: un compañero que acumula 105 horas estadísticas durante el año 2014 (obviamente luego de haber sido autorizadas por su jefe), de las cuales se toma durante dicho año solamente 70 horas, le estaría quedando un saldo de 35 horas estadísticas. Si seguimos la normativa vigente (hasta 2013), entendemos que este saldo debería ser posible de utilizarlo en el próximo año (en este ejemplo, para el año 2015). En cambio, con la introducción del nuevo criterio mencionado en la Disposición 11/14 DGEYC, caducarían (es decir, se pierden).
Entendemos que este nuevo criterio que se va a aplicar para 2014 no solamente contradice la normativa vigente, sino que además es un retroceso para las necesidades de todos los trabajadores. Reclamamos que se modifique dicho criterio y se respete la normativa vigente sobre el régimen de horas estadísticas.
En caso de que sea necesario, y tal como hemos manifestado públicamente en reiteradas ocasiones nuestra voluntad y vocación de diálogo, esta Junta Interna está dispuesta a aclarar estas observaciones también personalmente.
Sin más y esperando una pronta respuesta favorable, saluda atentamente
Junta interna ATE Estadística y Censos
20/8: Conferencia de prensa y acto en la Legislatura porteña
mañana miércoles 20 de agosto del corriente año a las 11.30 hs., está convocada una Conferencia de prensa y acto en la Legislatura porteña con cese de actividades de ATE Capital, por las siguientes reivindicaciones:
- Pase a planta permanente
- Aumento salarial y Estabilidad laboral para los trabajadores contratados y tercerizados.
- Encasillamiento y Derecho a la Carrera
- Blanqueo de sumas y Aumento del salario básico
- Aumento de las Asignaciones Familiares
- Mejora y democratización de la ObSBA
- Veeduría gremial democrática en el proceso de pase a planta.
Les dejamos el comunicado del sindicato:
IPCBA Julio y apertura de paritarias: veni el 20 a Legislatura
Como mencionamos en nuestro último Boletin Nº 6 (Julio 2014) , el acuerdo salarial 2014 para ATE “es insuficiente”. En 2014 nos está ganando la inflación. El IPCba registró en Julio (último dato disponible) un alza de 2,2%, y acumuló una suba de 25,4% hasta Julio. Recordemos, el aumento en paritaria 2014 fue de 16% mensual (sobre salario de diciembre 2013) para el período Abril/Julio 2014.
La variación porcentual interanual del IPCba julio (2014 versus 2013) fue de 39,8%. Como se observa en el Gráfico 1, la variación porcentual interanual del IPCba siempre le gana a la variación porcentual interanual del salario nominal de (casos testigos) Administrativo y Profesional (a excepción del mes de enero de Administrativo).
Gráfico 1 Salarios e inflación (IPCba enero/julio). Variación porcentual interanual. Años 2014/2013
Nota: los valores estimados corresponden a trabajadores de planta permanente de Tramo A, Nivel 01 (conforme establece el Decreto Nº 986/04 y normas modificatorias), con antigüedad hasta 2 años ($ 150,1) y con 60% en la evaluación del fondo estímulo.
Fuente: elaboración propia en base a los recibos de sueldo de los trabajadores de planta permanente de la DGEyC. IPCba (DGEyC).
Para evitar el deterioro de nuestros salarios reales, se nos plantea a todos los trabajadores exigir que en SEPTIEMBRE 2014 se abran las paritarias tal como se manifiesta en el art. 4 del acta firmada por ATE y en el art. 5 del acta Nº 03/14 (SUTECBA).
El acta que firmó ATE con el GCBA está disponible en nuestro blog:
ACTA PARITARIA ATE-GCBA (Abril 2014)
Para que el aumento salarial no sea menor a la inflación (AJUSTE) y por todos los temas pendientes (incremento salarial y blanqueo inmediato, aumento del salario básico, aumento de las asignaciones familiares, pase a planta transitoria, reencasillamiento y derecho a la Carrera Administrativa), convocamos a todos los trabajadores/as de la DGEyC a sumarse; y entre todos construir un modelo sindical democrático, de lucha y de conquistas.
Los invitamos el miércoles 20/08 a las 11.00 hs.
en el Salón Presidente Perón de la Legislatura de la Ciudad
a la Jornada de difusión y debate
"Empleo Público y Precariedad en la Ciudad de Buenos Aires"
¡¡¡¡SUMATE A CONSTRUIR NUESTRA HERRAMIENTA GREMIAL Y ENTRE TODOS DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!!!
Te esperamos en la cena de estadística!
este sábado 16 en Carlos Calvo 1378, 3º piso, desde las 20 hs
ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com
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Junta interna ATE Estadística y Censos
INVITACIÓN PARA ESTE SABADO!
SABADO 16 DE AGOSTO, DESDE LAS 20 HS. TE ESPERAMOS EN CARLOS CALVO 1378 EN EL 3º PISO
TU SALARIO
nueva plataforma para calcular el poder adquisitivo de nuestros salarios a partir de las Canastas elaboradas por la Dirección de Estadística (GCBA)
Compañeros:
La Junta Interna de ATE Estadística y Censos, una vez más, presenta y pone al alcance de todos una nueva iniciativa: “TU SALARIO”, para que todos podamos calcular y hacer un seguimiento de nuestro poder adquisitivo con información seria y confiable a partir del Sistema de Canastas elaborada por la propia DGEyC.
Esta plataforma virtual te permite calcular y graficar el porcentaje de la Canasta que cubre mensualmente nuestro salario.
Es sencillo, sólo tenés que seleccionar un set de datos para salarios, otro para canasta y presiona "Graficar" (seguí los 4 pasos detallados en nuestro blog). Para poder acceder a la plataforma, ingresá a:
Plataforma TU SALARIO
Invitamos a todos los compañeros a que prueben esta plataforma. Ante cualquier duda o consulta, se pueden contactar con los delegados de ATE en cada sede o enviarnos un mail a juntainterna.ate.estadística@gmail.com
Como todos saben, la Junta Interna de ATE viene haciendo un seguimiento del Índice de precios al consumidor (IPCba) y de la canasta de consumo (ambos calculados y publicados por la DGEyC).
La difusión de estos dos indicadores nos da la oportunidad para que todos los compañeros podamos evaluar con datos serios y confiables el poder adquisitivo de nuestros salarios (más allá de que lo comprobamos diariamente cuando vamos, por ejemplo, al supermercado). Es decir, comprobar que nuestros salarios no se retrasen con respecto a estas variables. Si sucediera eso, sería necesario que todos los trabajadores reclamemos por su recomposición.
¡¡¡¡SUMATE A CONSTRUIR NUESTRA HERRAMIENTA GREMIAL Y ENTRE TODOS DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!!!
ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com
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Junta interna ATE Estadística y Censos
Sobre licencia de maternidad y lactancia
Todas las trabajadoras de la Dirección tenemos derecho a la licencia por maternidad paga de 120 días totales. La misma puede repartirse 30 días antes del parto y 90 días posteriores, o 45 días antes y 75 días posteriores según conveniencia de la trabajadora. Este derecho está establecido en el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo.
Asimismo, todas las trabajadoras tienen derecho, luego de la licencia, a la pausa por alimentación y cuidado del hijo que debe ser de 2 horas diarias hasta los 12 meses del hijo. Este derecho está contemplado en el artículo 24 de la ley 471 que rige el Empleo Público.
La forma de contratación de las mujeres trabajadoras no puede poner en discusión estos derechos. La precarización debe terminar para todos los trabajadores. Hasta que esta situación no sea revertida, se deben aplicar los mismos derechos. A su vez, debemos recordar que las mujeres embarazadas deberían cobrar asignación por embarazo, y luego, las asignaciones familiares, que la forma de contratación como precarizadas les niega.
En la Dirección tenemos varios antecedentes de Subdirecciones y Áreas que cumplieron con estos derecho. Consideramos que los mismos derechos se deben garantizar para todas las trabajadoras de Dirección y que no puede ser decisión del Subdirector de turno.
Porque todos los bebes son iguales y tienen las mismas necesidades
Porque es un derecho que poseen todas las madres que trabajan en la Dirección
Porque lo establece el Convenio Colectivo de Trabajo y la Ley de Empleo Público
Igual licencia por Maternidad y por lactancia para todas las trabajadoras de Estadística
Artículo 69.- Licencia por maternidad.
Las trabajadoras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen derecho a una licencia paga en los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y en los setenta y cinco días posteriores. Pueden optar por reducir la licencia anterior al parto y compensarla con la posterior, siempre que aquella no sea inferior a los treinta (30) días.
Art. 24 PAUSA POR ALIMENTACION Y CUIDADO DE HIJO.
La pausa por alimentación y cuidado de hijo comprende el derecho a una pausa de 2 horas diarias que podrá ser dividida en fracciones cuando se destine a lactancia natural o artificial del hijo menor de 12 meses. Esta pausa, en caso de lactancia artificial podrá ser solicitada por el padre quien deberá acreditar la ausencia o imposibilidad material de atención por parte de la madre. Igual beneficio se acordará a los trabajadores que posean la tenencia, guarda o tutela de niños/niñas de hasta 1 año de edad, debidamente acreditada mediante certificación expedida por autoridad judicial o administrativa competente
¡¡¡¡SUMATE A CONSTRUIR NUESTRA HERRAMIENTA GREMIAL Y ENTRE TODOS DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!!!
Escribinos a: juntainterna.ate.estadistica@gmail.com
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JUNTA INTERNA ATE ESTADÍSTICA y CENSOS
Salario vs. Canasta
Cargando gráficos .....
Selecciona un set de datos para salarios, otro para canasta y el gráfico se actualizará.
Podes obtener el gráfico a partir de salarios ya cargados de contratados o de planta permanente (casos testigos).
También podes probar con tus propios datos, ingresándolos en la fila de salario. Para calcular el poder adquisitivo de TU SALARIO (para Planta permanente o Contratado), seguí los siguientes pasos:
1-presioná el botón de Personalizado
2- cargá el valor de TU SALARIO en la celda/s del mes/es,
3- elegí la canasta más representativa según la composición de tu hogar, presionando en el botón correspondiente a las canastas. Puede ser la del Hogar 3 (unipersonal) o Hogar 5 bis (familiar),
4- selecciona si queres el gráfico de % de la canasta o preferis salario - canasta para compararlos. (fijate que el grafico puede ser de líneas o de barras)
5- con Descargar gráfico abris la imagen en una pestaña y podes copiarlo a un documento
salario - canasta
Sábado 9/8 - Nueva fecha- Festejo Familiar del "Día del Trabajador Estatal"
Festejo Familiar del "Día del Trabajador Estatal"
en el Centro Recreativo "15 de enero"
Gran cierre con "Los Charros"
Compañeros y compañeras:
Recordamos que el sabado 9 de agosto desde las 10 hs. festejaremos con toda la familia el Día del Estatal y disfrutaremos de juegos, regalos, espectáculos para grandes y chicos. Y si pensás que te queda lejos... salen micros de ATE Capital y otros puntos de la Ciudad.
Micros:
ATE Capital de 9 a 10 hs.
Liniers – Bingo Ciudadela 9,30 hs.
Avellaneda – Carrefour 9,30 hs.
Parque Rivadavia (Frente a la Iglesia CAACUPE) 9 hs.
Si llueve se suspende y se pasa otra fecha.
Te esperamos
Junta Interna ATE Estadística y Censos