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ASIGNACIONES FAMILIARES EN LA CIUDAD

ATE PRESENTO RECURSO DE AMPARO PARA ACTUALIZAR LOS MONTOS DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES EN LA CIUDAD
Compañeros:

     Informamos que la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE-Capital) y la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), presentaron el pasado lunes 5 de octubre de 2015 un recurso de amparo ante la Justicia de la Ciudad para que el Gobierno porteño actualice las Asignaciones Familiares de los empleados públicos del GCBA, ya que algunas asignaciones, por ejemplo: prenatal y por hijos, están congeladas desde hace tres años.

     Recordemos que a fines del año pasado, ATE-Capital presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña  para actualizar los montos de las asignaciones familiares (véase nuestro Comunicado del 28/11/14 y 11/12/14). Y por este mismo tema, también se presentaron otros dos proyectos más, uno de la legisladora Lorena Pokoik y otro de Claudia Neira, pero hasta el momento, los diputados del PRO se negaron a tratarlos.

     Los montos de las asignaciones familiares actuales fueron fijados por la ley 4110/11 para el período 2012-2014. Podes ver sus montos aquí.

     Seguimos reclamando aumento inmediato de las asignaciones familiares y la existencia de una ley que actualice el monto de la asignación en forma periódica y acorde al IPCba.

Junta Interna ATE Estadística y Censos

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11/12: ATE Ciudad concentra en el Ministerio de Modernización y moviliza a la Legislatura Porteña

Compañeros: enviamos el comunicado de la conducción de ATE Capital, donde se menciona el proyecto de ley de "Aumento de los montos de las Asignaciones Familiares", en el que estuvimos trabajando como Junta Interna en la Legislatura (donde concurrimos a defender los derechos de los trabajadores y a trabajar en mejorar sus condiciones laborales).
Recordemos que los montos de las asignaciones familiares actuales fueron fijados por la ley 4110/11 para el período 2012-2014 y vencen a fin de este año. Podes ver sus montos aquí.


VAMOS POR AUMENTO DE EMERGENCIA
PASE A PLANTA PERMANENTE
AUMENTO DEL SALARIO BASICO
BLANQUEO SALARIAL
SUBA DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES
ENCASILLAMIENTO Y CARRERA

Concentramos el 11 de diciembre a las 11 hs.
en Ministerio de Modernización
y después marchamos a la Legislatura Porteña!


SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE
SUMEMOS MAS FUERZA Y SIGAMOS PELEANDO POR DEFENDER NUESTROS DERECHOS.
 CUANTOS MAS SEAMOS MAS FUERTE SERAN ESCUCHADOS NUESTROS RECLAMOS.


ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com

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SOBRE ASIGNACIONES FAMILIARES

Compañeros:
Si te corresponde, para cobrar las Asignaciones Familiares, tenés que iniciar vos los trámites y traer todos los papeles.

Hay plazos… INFORMATE!!!

Sabemos que los nuevos ingresantes ya fueron citados por el Departamento de Personal. Ahí completaron algunas planillas (Declaración jurada de compatibilidad, condiciones de admisibilidad según art.7 LEY 471, actualización de datos personales, etc, etc).

Aprovechamos ahora para informarles sobre el tema de las asignaciones familiares. La gestión de las Asignaciones Familiares en el ámbito de la GCBA, se regula mediante la Ley Nº 1208/2003, modificada en sus Anexos I y II por Ley Nº 4110/2011 y Ley Nº 4150/2012.



¿Qué es una Asignación Familiar?

Es una prestación dineraria, que es inembargable, no es una remuneración ni está sujeta a gravámenes de ningún tipo. Aparece en el recibo de sueldos con la descripción de “salario familiar”.

Plazos para presentación de la documentación…

De acuerdo con el Articulo 49 y el Articulo 63 de la Ley 4110 (que copiamos más abajo), el Departamento de Personal debe notificar por escrito a los trabajadores/as, dentro de los diez (10) días de su ingreso a la repartición, la obligación del trabajador/a de comunicar el grupo familiar o su modificación familiar, dentro de los 30 días corridos, para el pago de las asignaciones familiares que puedan corresponder. Dicha notificación se hará por escrito y con duplicado, adjuntando una copia al legajo de cada trabajador, firmado por ambas partes.

Artículo 49.- A los fines de la liquidación de las asignaciones familiares, el personal que ingrese o el personal que modificara alguna situación debe presentar una declaración jurada con todos los datos necesarios dentro de los treinta (30) días corridos de su ingreso o de producido el hecho. Extinguido dicho plazo el reconocimiento de la asignación es a partir de la fecha de presentación de la declaración jurada.
La dependencia de personal debe notificar por escrito a los trabajadores/as, dentro de los diez (10) días de su ingreso a la repartición, lo dispuesto precedentemente.

Artículo 63.- El empleador tiene la obligación de, en el término máximo de sesenta (60) días, notificarles a los trabajadores/as las nuevas normas del régimen de asignaciones familiares, tenga o no tengan cargas de familia.
Del mismo modo que deberá proceder cuando se produzca un ingreso de un nuevo empleado.
Dicha notificación se hará por escrito y con duplicado, adjuntando una copia al legajo de cada trabajador, firmado por ambas partes.

 


¿Qué asignaciones familiares pueden solicitarse?

Las asignaciones pueden dividirse según comporten pagos mensuales, pago único o pago anual.

Pagos mensuales
1.         Asignación por Cónyuge o Conviviente o Unión Civil
2.         Asignación Prenatal
3.         Asignación por Hijo
4.         Asignación por Familia Numerosa
5.         Asignación Complementaria por hijo menor de cinco años
6.         Asignación por Educación Inicial Obligatoria
7.         Asignación por Escolaridad Primaria
8.         Asignación por Escolaridad Media y Superior
9.         Asignación por Educación Especial.

Pago Único

1-    Asignación por Matrimonio o Unión Civil
2-    Asignación por Nacimiento de Hijo
3-    Asignación por Adopción o Guarda

Pago Anual
1-    Asignación Anual por Ayuda Escolar
2-    Asignación Anual Complementaria por Vacaciones

MONTOS DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES (2014):





 ¿Cuál es la responsabilidad del Trabajador Solicitante?

Comunicar cualquier modificación de la situación manifestada en las Declaraciones Juradas y formularios dentro de los 30 días de ocurridas las mismas.

Aquellos compañeros que tengan algún inconveniente o consulta sobre algún trámite, no duden en consultar personalmente a los delegados de ATE en las diferentes sedes de la DGEyC o a través de nuestro mail: juntainterna.ate.estadistica@gmail.com



A su vez, resaltamos la importancia de la participación gremial de los trabajadores, y te alentamos a afiliarte.
Les recordamos a los nuevos ingresantes que con el pase a planta se modifican muchos derechos y algunas obligaciones: es importante que te informes sobre los mismos, y por eso desde la Junta interna de ATE te acercamos todo el material referido a estas cuestiones (en nuestro blog, algunas, las podes encontrar y leer).
Teniendo en cuenta la evolución de la inflacion en el primer semestre de 2014, 
y el congelamiento de algunos montos de las asignaciones (por ejemplo: por hijo), 
VAMOS POR UN AUMENTO EN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES!!!


Escribinos a: juntainterna.ate.estadistica@gmail.com
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