Este 24/03, movilizamos en todas las plazas del país!!!

POR LA MEMORIA, LA VERDAD y LA JUSTICIA

A 43 años del golpe cívico-militar genocida del 24 de marzo de 1976
Este 24/03, movilizamos en todas las plazas del país!!!

Porque reclamamos juicio, castigo y cárcel para los responsables civiles y militares de la desaparición, tortura y muerte de los 30.000 detenidos-desaparecidos. Porque fue genocidio.

NO OLVIDAMOS. NO PERDONAMOS. NO NOS RECONCILIAMOS.
CONTRA LA IMPUNIDAD DE AYER Y DE HOY



  
SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE
SUMEMOS MÁS FUERZA Y SIGAMOS PELEANDO POR DEFENDER NUESTROS DERECHOS.
CUANTOS MÁS SEAMOS MÁS FUERTES SERÁN ESCUCHADOS NUESTROS RECLAMOS.

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Porque … El salario no alcanza

Porque … El salario no alcanza
Miércoles 20 de marzo - A partir de las 10 hs.
ATE Capital realiza protesta y cese de actividades por apertura de paritarias

Compañeros/as:
En el día de ayer, lunes 18 de marzo,  se llevó adelante el plenario de trabajadoras/es para resolver la postura de la seccional en relación a la propuesta paritaria que manifestó el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Se decidió por una unanimidad rechazar la propuesta y ratificar la realización de los cortes de calle el 20 de marzo a las 11 Hs. en diferentes puntos de la Ciudad: Av. Corrientes y Av. Callao- Av. Paseo Colón y Av. Belgrano – Av. Entre Ríos y San Juan – Av. Carrillo y Av. Suarez.  
A su vez, en el plenario se definió manifestar:
- Que en virtud de la pérdida salarial de los últimos años es necesaria una Recomposición Salarial que eleve el piso en un 30%, ya que más del 60% de los trabajadores/as perciben salarios netos inferiores a la línea de pobreza que calcula el propio GCBA.
- La incorporación al Convenio Colectivo de Trabajo, a la Nueva Carrera Administrativa y a la Grilla Salarial de quiénes revisten en la planta transitoria.
- La urgente actualización y equiparación con el Estado Nacional de las Asignaciones Familiares (que están congeladas desde 2014). 
- La regularización de los trabajadores/as que revisten como contrato de locación de servicios, de obra y asistencia técnica, requiriendo la aplicación extensiva de cualquier acuerdo salarial a los mismos en las distintas reparticiones y Ministerios.
- Que deben resolverse efectivamente los reclamos de reencasillamientos que ha generado la implementación de la Nueva Carrera Administrativa.
- Que se garantice el efectivo Derecho a la Carrera Profesional para el Personal de Salud. Planteamos nuestro rechazo al vaciamiento, achicamiento y cierre de Hospitales. Nos manifestamos en contra de la CUS y reclamamos la conformación de una mesa sectorial.
           Por otro lado, también se plantearon las siguientes problemáticas:
- Descuentos en relación al paro feminista del pasado 8 de marzo: se informó que el Consejo Directivo de ATE Capital ya había enviado las cartas documentos correspondientes para evitar dicho descuento y en caso de efectivizarse, se procederá a las acciones colectivas correspondientes.
- No reconocimiento de algunos títulos (universitarios y/o terciarios) a las plantas transitorias 2015 por parte del GCBA: realizar un seguimiento de los casos desde la Secretaría Gremial.
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS: EL 31 DE MARZO FINALIZA EL PLAZO PARA PRESENTAR EL F.572 DEL PERIODO 2018

IMPUESTO A LAS GANANCIAS: EL 31 DE MARZO FINALIZA EL PLAZO PARA PRESENTAR EL F.572 DEL PERIODO 2018


Compañeros/as:

Recordamos que, según la información publicada por la AFIP, el 31/03/2019 vence el plazo de presentación del F.572 del periodo 2018, es decir, para declarar los conceptos que se pretende deducir para el año fiscal 2018. Y beneficiarse con la devolución del dinero descontado durante el año pasado. A tales efectos, se deberá incorporar los datos antes del plazo indicado, verificando el envío de los mismos a su agente de retención. Este trámite se realiza en el sitio web de la AFIP: “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias" (SiRADIG-Trabajador).

  Además, destacamos que ya se puede realizar de manera temprana la Declaración Jurada del periodo 2019, y así evitar el impuesto cada mes.

Ante cualquier duda o consultas, nos pueden mandar un mail a: estadistica.ate@gmail.com


IMPUESTO A LAS GANANCIAS 2019. DEDUCCIONES Y SUS MONTOS

            En 2019 tributarán ganancias los trabajadores con un ingreso mensual promedio neto a partir de $ 38.301 ($ 46.146 en términos brutos) si no tienen deducción por familia o de otro tipo. Si se trata de quienes pueden deducir cónyuge y dos hijos, por ejemplo, el monto mínimo neto a partir del cual tributaran será de $ 50.668 ($ 61.046 brutos). Tal como lo dispone la ley, estos montos y el de algunas deducciones se ajustaron, con respecto al año 2018, en un 28,29% (según el RIPTE). Por lo tanto, según la recomposición salarial 2019 se pagará más y/o se sumarán nuevos contribuyentes.

A continuación destacamos algunas deducciones y sus respectivos montos para 2019:
(Véase el listado completo de las deducciones en: http://www.afip.gob.ar/572web/carga-datos/deducciones.asp)

Cargas de familia
“Se considera carga de familia al cónyuge o a la hija, hijo, hijastra o hijastro menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. También es requisito que la persona esté a cargo del trabajador, que sea residente en el país y que no obtenga ingresos anuales superiores al mínimo no imponible [$ 85.848,99].
[La deducción por Cónyuge es $ 80.033,97 y  por cada hije: $ 40.361,43]

En el caso de los hijos, la deducción será computada por quien posea la responsabilidad parental de acuerdo a lo que indica el Código Civil y Comercial de la Nación. Si la responsabilidad parental la tienen ambos padres y a los dos se les retiene Impuesto a las Ganancias del sueldo, cada uno puede computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100%”.

Otras deducciones:
·         Servicio doméstico: hasta $ 85.848 anual
·         Alquiler: el 40% del alquiler de tu vivienda hasta $ 85.848 anual
·      Intereses por créditos hipotecarios: tiene máximo de $ 20.000 anual
·         Seguros: $ 12.000
·         Gastos de Sepelio: $ 996,23
·      Cuotas médico–asistenciales: hasta el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada

Fuente: AFIP


EL SALARIO NO ES GANANCIA  
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