Nuevo fallo Judicial contra la Dirección de Estadística de Macri

Buenos Aires 28/09/2015

La justicia le ordena al INDEC Porteño que el delegado trasladado en 2013 a otra dependencia vuelva a su lugar de trabajo, advirtiendo la violación a la tutela sindical en un claro acto discriminatorio. (ver fallo completo) siendo multado el organismo por este hecho en $50.000 por daños morales.

Martín Rampoldi, delegado de Organización de la Junta Interna de ATE en Estadística de la Ciudad fue trasladado ilegalmente con el objeto de  impedir que los trabajadores se organicen gremialmente de forma independiente. Una vez más la justicia le da la razón a los trabajadores contra la falta de diálogo, la intolerancia y las persecuciones del PRO.

Los trabajadores del organismo, agrupados en ATE venimos denunciando el manejo clientelar y el accionar de punteros en las Estadísticas porteñas. Reclamamos transparencia e igualdad de oportunidades en un pase a planta transitoria.

Junta Interna ATE Estadística

Contactos de prensa:
Tamara Lescano Delegada General 1556609161
Martín Rampoldi Delegado de Organizacion 1560221478

Detalles de la Sentencia
El fallo reconoce que las impugnaciones fueron desestimadas, y se aclara que el empleador (GCBA) no tiene aptitud jurídica para impugnar por si mismo.
El traslado es considerado nulo y con propósitos discriminatorios

De las impugnaciones
"De lo expuesto se sigue que las impugnaciones de la demandada a las elecciones de delegados sindicales realizadas por Ate en el seno de la Dirección General de Estadística y Censos, el 14 de agosto de 2012, fueron desestimadas por el MTEySS "

Respecto al traslado
"De lo expuesto se concluye que corresponde declarar la invalidez de la Disposición NºDE-2013-233-DGESYC en cuanto al traslado del actor ordenándose el reintegro a su lugar de trabajo en Bartolomé Mitre 648 y su asignación presupuestaria y organizativa en la Dirección General de Estadísticas y Censos"

Respecto a la discriminación sindical
"Advierto que la violación a la tutela sindical que aquí se tuvo por acreditada en los términos del art.52 de la ley 23.551 determina por sí misma la existencia de un acto de discriminación por motivos sindicales" ... "No caben dudas entonces acerca del propósito discriminatorio de la medida dispuesta por la demandada lo que supone la violación a los derechos fundamentales ya citados.
....."


Los puntos mas importantes del fallo FALLO
 "Hacer lugar a la demanda declarando la invalidez de la reubicación en la Subdirección de Sistemas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en relación a Martín Rampoldi –Disposición NºDE-2013-233-DGESYC- ordenando se restituya al actor a su ubicación presupuestaria en la Dirección General de Estadísticas y Censos y se disponga el reintegro de descuentos salariales que surgen del anexo de la pericia contable, con los intereses dispuestos." "Hacer lugar a la reparación por daños morales..." …"Imponer las costas a la demandada...."

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