TU SALARIO - Canasta (agosto)

LA CANASTA TOTAL DE CONSUMO PORTEÑA ASCIENDE A $ 11.422.

Entrá a la plataforma virtual "TU SALARIO" para calcular el poder adquisitivo de nuestros salarios…


Compañeros y compañeras:


Informamos que actualizamos la plataforma virtual TU SALARIO con los nuevos valores de las Canastas del mes de AGOSTO 2014 (publicado por la propia DGEyC), para que todos podamos calcular y hacer un seguimiento del poder adquisitivo de nuestro salario. Resaltamos que en un año, según la DGEyC, los gastos de una familia porteña (matrimonio joven con 2 hijos menores y que paga un alquiler) aumentó 37%. Con este incremento, en agosto de 2014, el valor de esa canasta total ascendió a 11.422 pesos mensuales (en agosto 2013, era de $ 8.351).


El Director de estadísticas de la Ciudad, José Donati, explicó a La Nación que el costo de la canasta alimentaria se ha movido casi en la misma magnitud que la inflación porteña, que alcanza el 40 por ciento” (La Nación 24/09/2014).


Como venimos señalando, en 2014 nos está ganando la inflación, por eso SEGUIMOS EXIGIENDO A JOSE MARIA DONATI Y AL GOBIERNO DE LA CIUDAD:

  • AUMENTO YA PARA CONTRATADOS. NO LA SUBEJECUCION DEL PRESUPUESTO

  • REAPERTURA YA DE PARITARIAS


SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE

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Junta Interna ATE Estadística y Censos

23/9: Paro y movilización al Ministerio de Modernización


Sobre evaluación de desempeño 2013. Normativa y Formulario

REGIMEN DE EVALUACION DE DESEMPEÑO ANUAL Y FORMULARIO.

Disposiciones generales y procedimiento de evaluación

Compañeros:

                Desde la Junta Interna de ATE Estadística y Censos, les acercamos los nuevos materiales publicados en los últimos 20 días en el Boletín Oficial sobre el Régimen de Evaluación de desempeño anual (están disponibles en nuestro blog):

· DECRETO 352/14 y anexo
· RESOLUCION 656/MMGC/14 y anexo (FORMULARIO)

De esta normativa, destacamos algunos puntos:

-Evaluado: al agente que será evaluado […] que […] hubiera prestado al menos servicios efectivos durante seis (6) meses en el período de evaluación correspondiente”.
  -“
CALIFICACION: La evaluación de cada competencia […] será realizada mediante la asignación de un puntaje, conforme al siguiente sistema de calificación en escala: 1: Insatisfactorio; 2: Poco Satisfactorio; 3: Satisfactorio; 4: Muy Satisfactorio; 5: Sobresaliente”.
  -“CALIFICACION DEL DESEMPEÑO GENERAL: […] surge del promedio simple de las calificaciones obtenidas en las competencias evaluadas siendo: de 1 a 1.49: Insatisfactorio (evaluación negativa); de 1.50 a 2.49: Poco Satisfactorio (evaluación negativa); de 2.50 a 3.49: Satisfactorio (evaluación positiva); de 3.50 a 4.49: Muy Satisfactorio (evaluación positiva); de 4.50 a 5.00: Sobresaliente (evaluación positiva)”.
  -“NOTIFICACION DE LA EVALUACION: […] deberá realizarse dentro del período de ejecución de la evaluación de desempeño, en su lugar de trabajo, firmando el formulario de evaluación de desempeño correspondiente”.
  -“DISCONFORMIDAD DEL EVALUADO: En caso de disconformidad, el agente podrá solicitar ante el Comité de Revisión, en un plazo de tres (3) días a partir de su notificación. La presentación deberá efectuarse por escrito y fundada […]”.
  -“PLAZOS PARA ANALIZAR Y RESOLVER LOS PEDIDOS DE REVISION: El Comité de Revisión analizará y resolverá, dentro del plazo de diez (10) días de recibido, los pedidos de revisión correspondientes. El Comité resolverá por mayoría y su decisión constará en un acta que deberá ser notificada fehacientemente al agente […]”.
  -“RECURSOS CONTRA LA RESOLUCION DE REVISION: Contra la resolución del Comité de Revisión, proceden los recursos administrativos establecidos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires”.
  -“CONFORMACION DEL COMITÉ DE REVISION: […] estará conformado por tres (3) miembros, a saber: la Autoridad Superior del Área […] en la cual fue evaluado el agente […]; un representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o equivalente […], y un representante Gremial [...]”.
  -“COMPETENCIAS: […]
a. Competencias técnicas: Este grupo comprende:
. Conocimiento y habilidades: poseer los conocimientos y/o habilidades necesarios para desempeñar correctamente las tareas y/o responsabilidades inherentes al puesto.
b. Competencias individuales: Este grupo comprende:
. Trabajo en equipo: participar activamente y cooperar con otras personas o áreas para alcanzar los objetivos comunes.
. Comunicación: escuchar intentando comprender otros puntos de vista y expresar ideas con claridad.
. Compromiso: actuar responsablemente, asumiendo las consecuencias de sus actos y esforzándose en mejorar su desempeño.
. Adaptabilidad: incorporar y adecuarse a cambios que modifiquen aspectos de la gestión o responsabilidad del puesto”.
  -“JUSTIFICACION DE LA CALIFICACION: En el formulario de Evaluación de Desempeño, el evaluador deberá justificar cada grupo de competencias en caso de que la calificación promedio sea igual o menor a dos cuarenta y nueve (2,49) o igual o mayor a cuatro (4)”.
 


NOTAS PRESENTADAS POR ATE CAPITAL

Aprovechamos también para informarles que el Consejo Directivo de ATE Capital presentó el pasado 11/09/14 una nota solicitando participar, de ser necesaria su conformación por caso de disconformidad en la evaluación, del Comité de Revisión como representante gremial.

Recordamos que el 14/04/2014, ATE Capital había presentado por nota la designación de los “veedores gremiales” de ATE para las "evaluaciones de fondo estímulo" y la “evaluación anual de desempeño laboral 2013”; en los términos del art. 41 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) vigente en la Ciudad:
Artículo 41.- Para garantizar el fiel cumplimiento de los objetivos del proceso de evaluación, los representantes gremiales participarán en carácter de veedores”.

Por otro lado, destacamos que los resultados de la evaluación anual de desempeño tienen consecuencias para los trabajadores, tal como dice el Artículo 42. del CCT: “Los trabajadores que hubieran tenido dos evaluaciones negativas en forma consecutiva o tres alternadas en un plazo de cinco años, podrán ser encuadrados por la autoridad competente dentro del régimen de disponibilidad de conformidad con lo previsto en el Capítulo XII del presente Convenio Colectivo”.

Por último, reiteramos en la nota presentada la semana pasada, nuestra solicitud al Comité de Selección del Concurso 2013/2014 de que formule y notifique a los trabajadores ingresantes de las pautas y objetivos buscados por la DGEyC que serán evaluados durante el primer año (art. 68 del reglamento).

Las notas completas están disponibles en nuestro blog:

Nota presentada por Comité de Revisión (11/09/2014)

Nota presentada por veedurías (14/04/2014)


              
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Junta Interna ATE Estadística y Censos


Material sobre Composición del salario y Lectura de recibo (3º parte)

Te informamos sobre los ítems del recibo: ANTIGÜEDAD y SALARIO FAMILIAR



Compañeros y compañeras:

Desde la Junta Interna de ATE Estadística y Censos, continuamos acercando  material para que podamos entender fácilmente como se componen nuestros recibos de sueldos. En este caso, te acercamos material en donde presentamos 2 nuevos temas referidos a nuestros recibos:

·         ANTIGÜEDAD. Items y montos.

·         ASIGNACIONES FAMILIARES

En el siguiente recibo, cada uno de estos items están recuadrado con diferentes colores para que fácilmente podamos identificarlos en nuestros recibos de sueldo.




 

1-   Sobre ANTIGUEDAD: items y montos en el recibo de sueldo

Recordemos que los ítems sobre antigüedad figuran en el recibo con las siguientes denominaciones:

  •     “Antic. adic. por reencasi”: es una suma Remunerativa y sus montos se modifican cada 5 años. Este concepto se estableció por Decreto N° 468/04 y sus valores se fueron actualizando hasta 2008 (Tabla con las actualizaciones. Años 2004 a 2008)
  •     “Antigüedad Acta 06/12”: es una suma No Remunerativa y sus montos se modifican cada 2 años.

El concepto de antigüedad, acordado en el Acta N° 06 del año 2012, se calcula en base a Unidades Retributivas. A pesar de eso, aún al día de hoy, la antigüedad tiene una parte que es NO Remunerativa.

 Para facilitar su cálculo, desde la Junta Interna de ATE Estadística y Censos armamos una TABLA con los montos de antigüedad para todos los trabajadores de la DGEyC (planta histórica, ex 948, ex 959 y los ingresantes por diferentes concursos).
TABLA con los MONTOS ANTIGUEDAD e ITEMS de ANTIGUEDAD en Recibo de Sueldo



2-  SOBRE ASIGNACIONES FAMILIARES…

 

El pasado 24/07/2014, desde la Junta Interna de Ate Estadística y Censos, mandamos un comunicado por mail con toda la información necesaria sobre el tema de las asignaciones familiares. Recordemos, la gestión de las Asignaciones Familiares en el ámbito de la GCBA, se regula mediante la Ley Nº 1208/2003, modificada en sus Anexos I y II por Ley Nº 4110/2011 y Ley Nº 4150/2012.


¿Qué es una Asignación Familiar? Es una prestación dineraria, que es inembargable, no es una remuneración ni está sujeta a gravámenes de ningún tipo. Aparece en el recibo de sueldos con la descripción de “salario familiar”.
Las asignaciones pueden dividirse según comporten pagos mensuales, pago único o pago anual.

MONTOS DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES (2014)

 Teniendo en cuenta la evolución de la inflación 2014,
y el congelamiento de algunos montos de las asignaciones (por ejemplo: por hijo),
VAMOS POR UN AUMENTO EN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES!!!


 

Desde ATE ya se está trabajando en la discusión de nuevos montos de las asignaciones para 2015 (por ley fueron establecidas sólo para los años 2012/2014).


Ante cualquier duda o consulta, se pueden contactar con los delegados de ATE en cada sede o enviarnos un mail a juntainterna.ate.estadística@gmail.com
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