Evaluación de Desempeño - Período 2016
REGIMEN DE EVALUACION DE DESEMPEÑO ANUAL Y
FORMULARIO VIGENTE (Resolución Nº 3298/2016).
Disposiciones generales y procedimiento de evaluación
Compañeros:
Informamos que a partir del día 24 de octubre se inició el proceso de Evaluación de Desempeño correspondiente al período 2016. De acuerdo al comunicado UCCOP Nº 697, el proceso se encontrará disponible para evaluación hasta el 30 de noviembre de 2016 inclusive.
Desde la Junta Interna de ATE Estadística y Censos, les acercamos la normativa vigente sobre el Régimen de Evaluación de desempeño anual (están disponibles en nuestro blog). Resaltamos que la semana pasada se aprobó, mediante la RESOLUCION Nº 3298, el Formulario de Evaluación de Desempeño y las Disposiciones Particulares del mismo:
De esta normativa, destacamos algunos puntos:
-“Evaluado: al agente que será evaluado […] que […] hubiera prestado al menos servicios efectivos durante seis (6) meses en el período de evaluación correspondiente”.
-“CALIFICACION: La evaluación de cada competencia […] será realizada mediante la asignación de un puntaje, conforme al siguiente sistema de calificación en escala: 1: Insatisfactorio; 2: Poco Satisfactorio; 3: Satisfactorio; 4: Muy Satisfactorio; 5: Sobresaliente”.
-“CALIFICACION DEL DESEMPEÑO GENERAL: […] surge del promedio simple de las calificaciones obtenidas en las competencias evaluadas siendo: de 1 a 1.49: Insatisfactorio (evaluación negativa); de 1.50 a 2.49: Poco Satisfactorio (evaluación negativa); de 2.50 a 3.49: Satisfactorio (evaluación positiva); de 3.50 a 4.49: Muy Satisfactorio (evaluación positiva); de 4.50 a 5.00: Sobresaliente (evaluación positiva)”.
-“NOTIFICACION DE LA EVALUACION: […] deberá realizarse dentro del período de ejecución de la evaluación de desempeño, en su lugar de trabajo, firmando el formulario de evaluación de desempeño correspondiente”.
-“DISCONFORMIDAD DEL EVALUADO: En caso de disconformidad, el agente podrá solicitar ante el Comité de Revisión, en un plazo de tres (3) días a partir de su notificación. La presentación deberá efectuarse por escrito y fundada […]”.
-“PLAZOS PARA ANALIZAR Y RESOLVER LOS PEDIDOS DE REVISION: El Comité de Revisión analizará y resolverá, dentro del plazo de diez (10) días de recibido, los pedidos de revisión correspondientes. El Comité resolverá por mayoría y su decisión constará en un acta que deberá ser notificada fehacientemente al agente […]”.
-“RECURSOS CONTRA LA RESOLUCION DE REVISION: Contra la resolución del Comité de Revisión, proceden los recursos administrativos establecidos en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires”.
-“CONFORMACION DEL COMITÉ DE REVISION: […] estará conformado por tres (3) miembros, a saber: la Autoridad Superior del Área […] en la cual fue evaluado el agente […]; un representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o equivalente […], y un representante Gremial [...]”.
-“COMPETENCIAS: […]
a. Competencias técnicas: Este grupo comprende:
. Conocimiento y habilidades: poseer los conocimientos y/o habilidades necesarios para desempeñar correctamente las tareas y/o responsabilidades inherentes al puesto.
b. Competencias individuales: Este grupo comprende:
. Trabajo en equipo: participar activamente y cooperar con otras personas o áreas para alcanzar los objetivos comunes.
. Comunicación: escuchar intentando comprender otros puntos de vista y expresar ideas con claridad.
. Compromiso: actuar responsablemente, asumiendo las consecuencias de sus actos y esforzándose en mejorar su desempeño.
. Adaptabilidad: incorporar y adecuarse a cambios que modifiquen aspectos de la gestión o responsabilidad del puesto”.
-“JUSTIFICACION DE LA CALIFICACION: En el formulario de Evaluación de Desempeño, el evaluador deberá justificar cada grupo de competencias en caso de que la calificación promedio sea igual o menor a dos cuarenta y nueve (2,49) o igual o mayor a cuatro (4)”.
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Junta Interna ATE Estadística y Censos