Monotributistas. NOVEDAD: TOPES DE FACTURACION ANUAL y MONTO DE LA CUOTA

NUEVOS TOPES DE FACTURACION ANUAL y MONTO DE LA CUOTA

Compañeros/as:

Informamos que mediante la LEY 27.346 publicada el 27/12/2016 en el Boletín Oficial se modificaron los topes de facturación anual para los monotributistas (que estaban congelados desde 2013) y el monto de la cuota mensual, que entrarán en vigencia a partir del 01/01/2017. La mencionada ley adecua la escala de los montos de facturación tomados como parámetros para la categorización en el régimen, lo que permitirá, en algunos casos, bajar de categoría. Por ejemplo, un compañero que factura mensualmente $ 12.000 (anual $ 144.000) y está registrado en la categoría E pagando $ 786 de monotributo, debería pasar ahora a la categoría C y pagar $ 1.006 (más abajo copiamos la tabla con los valores).

Informamos que el trámite de recategorización (para ubicarse en una u otra de las categorías existentes), podrá hacerse hasta el día 20 de los meses de mayo, septiembre y enero, respecto de cada cuatrimestre calendario anterior a dichos meses (concluidos en los meses de abril, agosto y diciembre), ingresando con la clave fiscal en la web de la Administración de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar)

A continuación presentamos la NUEVA TABLA vigente a partir del 01/01/2017 para locaciones y/o prestaciones de servicios con los topes de facturación anual (ingresos brutos) y el monto del pago mensual:
Categoría
TOPE DE FACTURACION ANUAL
PAGO MENSUAL
IMPUESTO
APORTE PREVISIONAL
APORTE OBRA SOCIAL
TOTAL ($)
A
84.000
68
300
419
787
B
126.000
131
330
419
880
C
168.000
224
363
419
1.006
D
252.000
368
400
419
1.187
E
336.000
700
440
419
1.559
F
420.000
963
484
419
1.866
G
504.000
1.225
533
419
2.177
H
700.000
2.800
585
419
3.804
Fuente: Ley 27346

TABLA ACTUAL




Categoria
TOPE DE FACTURACION ANUAL
PAGO MENSUAL
IMPUESTO
APORTE PREVISIONAL
APORTE OBRA SOCIAL
TOTAL ($)
B
48.000
39
157
419
615
C
72.000
75
157
419
651
D
96.000
128
157
419
704
E
144.000
210
157
419
786
F
192.000
400
157
419
976
G
240.000
550
157
419
1.126
H
288.000
700
157
419
1.276
I
400.000
1.600
157
419
2.176
Fuente: AFIP





Para mayor información, ingresa a la página web de la AFIP: http://www.afip.gob.ar/monotributo/

Por otra parte, resaltamos que este nuevo aumento en el componente impositivo del monotributo es una distribución regresiva de la carga fiscal hacia los compañeros contratados que genera la supuesta mejora en ganancias en los trabajadores en relación de dependencia.

Aquellos compañeros que tengan algún inconveniente para realizar trámites o dudas al respecto, no duden en consultarnos personalmente o  a través del mail: estadistica.ate@gmail.com
Señalamos que la gran cantidad de compañeros que están bajo esta modalidad de contratación son víctimas de fraude laboral por parte del GCBA y reiteramos la exigencia del pase a planta permanente de todos los contratados!!
SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE
SUMEMOS MÁS FUERZA Y SIGAMOS PELEANDO POR DEFENDER NUESTROS DERECHOS.
CUANTOS MÁS SEAMOS MÁS FUERTES SERÁN ESCUCHADOS NUESTROS RECLAMOS.


Junta Interna ATE Estadística y Censos