LICENCIA POR VACACIONES


LICENCIA POR VACACIONES


Informamos a todos los compañeros/as los días de licencia ordinaria (vacaciones) que corresponden por los años de antigüedad:

·  hasta 5 años: 15 días hábiles
·  hasta 10 años: 20 días hábiles
·  hasta 15 años: 25 días hábiles
·  hasta 20 años: 30 días hábiles
-       Hay que tener un mínimo de antigüedad de 6 meses.


Normativa vigente: Convenio Colectivo de Trabajo ATE-GCBA (art. 66) y Ley 471 (art. 18)

CONOCE TUS DERECHOS (seguí los link para ver los documentos y agregalos a tus Marcadores para tenerlos siempre a mano):
SUMATE A PARTICIPAR, AFILIATE A ATE
SUMEMOS MÁS FUERZA Y SIGAMOS PELEANDO POR DEFENDER NUESTROS DERECHOS.
CUANTOS MÁS SEAMOS MÁS FUERTES SERÁN ESCUCHADOS NUESTROS RECLAMOS.
ATE Estadística y Censos