Informamos sobre la modificación sobre el monto mínimo no imponible


No pagarán Impuesto a las Ganancias los sueldos menores a 15.000 pesos brutos


Informamos que se ha aumentado el mínimo no imponible para la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias y el tope para la percepción de Asignaciones Familiares.

Los topes de las nuevas escalas son de $ 15.000 por cónyuge o $ 30.000 por grupo familiar, la cobertura de hijos pasará de 3.798.948 de hijos este mes a 4.664.504 de hijos a partir de septiembre.

La modificación regirá desde el 1 de setiembre: Enviamos la información acerca de las nuevas medidas sobre el monto mínimo no imponible para el pago del Impuesto a las Ganancias, para empleados en relación de dependencia.

Información

Se elevará a 15 mil pesos brutos el mínimo no imponible para el pago del impuesto a las ganancias, para empleados en relación de dependencia y se elimina la distinción entre solteros y casados. En consecuencia, para un soltero la actualización significa un aumento de la base imponible de 80 por ciento (el mínimo anterior era de 8.360 pesos), mientras que para los casados es de 33 por ciento (el mínimo era de 11.563 pesos) Junto con esta medida, se  anunció un aumento de 20 por ciento en las deducciones para los trabajadores que ganan entre 15 mil y 25 mil pesos.

Con el nuevo tope no pagaran ganancias el 89,8 por ciento de los trabajadores (8.382.390) y que sólo lo abonará el 10,2 por ciento (955.527). En el caso de los jubilados, no pagarán ganancias el 99,3 por ciento (5.975.623).

8 puntos para tener en cuenta sobre el decreto 1242/2013

Los empleados y jubilados que ganen hasta $15 mil no van a pagar más el Impuesto a las Ganancias.

- Los cambios en Ganancias comenzarán a regir desde el 1º de septiembre. Se beneficiará a casi 1,5 millones de trabajadores y jubilados.

- Sólo pagarán Ganancias el 10,2% del total de los empleados y el 0,7% del total de los jubilados y pensionados.

- Las deducciones del impuesto se incrementarán un 20 por ciento para los ingresos brutos de entre $ 15.001 pesos y $ 25.000

- Se eliminarán la exención que tienen los sujetos del exterior por la compraventa de acciones.

- Se aplicará una alícuota del 10% a los dividendos que las empresas distribuyan a sus accionistas.

- De los $ 4.495 millones de merma del cobro de Ganancias, $ 2.056 lo aportan los privados y $2.439 el Estado nacional.

- El tope actual para percibir las Asignaciones Familiares se elevará a $15.000 por cada uno de los cónyuges y $30.000 por grupo familiar.


¡¡¡¡SUMATE A CONSTRUIR NUESTRA HERRAMIENTA GREMIAL Y ENTRE TODOS DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!!!




JUNTA INTERNA ATE ESTADISTICA Y CENSOS

Aguinaldo de Junio - Impuesto a las Ganancias


Compañeros de Planta permanente:

Informamos que de acuerdo a lo establecido por el DECRETO del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 1006/13, el Sueldo Anual Complementario (SAC) correspondiente al primer semestre de 2013, ha quedado exento de formar parte de la base imponible para el cálculo del Impuesto a las Ganancias (4ª categoría) de los trabajadores en relación de dependencia,  cuyos sueldos brutos devengados entre los meses de enero a junio de 2013 no hayan superado los $ 25.000 MENSUALES. (Resaltamos que esta medida es previa a los nuevos anuncios realizados ayer).

Según la Comunicación UCCOP Nº 511 (26/08/2013), el Gobierno de la Ciudad procederá a recalcular el impuesto descontado y, los importes a devolver que resulten de la aplicación de ese decreto, se sumarán en el recibo de sueldos de agosto 2013 (en la columna de Ajuste). A efectos de que sean identificados esos importes reintegrados en concepto de SAC primer semestre, se insertará el siguiente texto en el mencionado recibo de sueldo:
“Beneficio Decreto Nº 1006/13 = $ xxxxxx // Devolución incluida en el Impuesto a las Ganancias”

Para mayor información, entrá en el link de comunicados de la UCCOP:
http://www.mibuenosairesweb.gob.ar/uccop/comunicaciones


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JUNTA INTERNA ATE ESTADISTICA Y CENSOS

Dictamen completo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS)










EL MINISTERIO DE TRABAJO RESOLVIÓ A FAVOR DE LA JUNTA INTERA DE ATE EN ESTADÍSTICA



(Podes solicitarnos la resolución completa)


Los trabajadores de la Dirección General de Estadística y Censos del GCBA el 14 de agosto del 2012 elegimos delegados por primera vez, para poder tener una voz que pueda canalizar nuestros reclamos gremiales. Desde ese momento nuestra patronal, tanto el GCBA como las autoridades de la Dirección se dedicaron a perseguirnos. Intentaron hacernos bajar los brazos con diferentes ataques concretos a nuestro legítimo derecho a organizarnos. Desde no recibirnos, difamarnos, pretender deslegitimarnos frente a nuestros compañeros, presionar y generar miedo para que los trabajadores no participen ni se sumen, hasta sancionar, descontar el salario, trasladar y despedir delegados. Todo esto lo decían justificar con el pedido de impugnación que el Ministerio de Modernización había realizado sobre nuestras elecciones.

Sin embargo, pese a todos los ataques que sufrimos, siempre continuamos reafirmando que la elección era absolutamente legítima y legal. Convencidos de lo justo de nuestros reclamos, del derecho que tenemos los trabajadores de organizarnos para mejorar nuestras condiciones de trabajo, hemos logrado no solo revertir el despido de nuestra delegada general, sino que ahora el Ministerio de Trabajo resuelve desestimar absolutamente tanto el pedido de impugnación como la intervención de SUTECBA. El Ministerio de Trabajo, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley 23.551 que regula la actividad sindical en la Argentina, nos da la razón en todos nuestros argumentos, declarando legalmente la validez de la elección de delegados.

Una vez más decimos que teníamos razón, los trabajadores tenemos derechos y solo la constancia, la firmeza, la organización y la lucha son la garantía para que sean cumplidos.


Comienza una nueva etapa en la Dirección, te invitamos a sumarte a participar activamente de nuestra herramienta gremial, la de todos los trabajadores de Estadística.


A continuación, resaltamos los puntos más importantes del informe de base del MTEySS adjunto:



1) Sobre el requisito de la normativa vigente de exigir un 10% de afiliados al momento de la convocatoria a elecciones de delegados gremiales, el informe señala que tomando todo el universo de trabajadores de la DGEyC (planta permanente y contratados) “la entidad gremial convocante [ATE] contaba al momento de la convocatoria con un coeficiente de 10,05% de representación”. Y que incluso “si solamente se tomara en cuenta el personal de Planta Permanente, tal cual lo pretende el impugnante [Ministerio de Modernización], dicho porcentaje es también alcanzado”.

2) Y “respecto de la calidad que revisten las personas contratadas, el [Ministerio de Modernización] cuestiona que las mismas no revisten el carácter de trabajadores, justamente por estar vinculadas a la empleadora en forma transitoria mediante un contrato temporario”. El MTEySS plantea que si bien la vinculación laboral de los contratados no es algo que se pueda resolver en el marco de una elección de delegados, "de ninguna manera se puede considerar que una persona vinculada con su empleadora mediante un contrato no sea un trabajador".

3) Sobre la cantidad de delegados designados (cuestionada por el Ministerio de Modernización), el informe entiende que es correcta, “teniendo en cuenta los establecimientos y sectores existentes aun desconociendo la cantidad de trabajadores que se desempeñan en cada uno de ellos (en virtud de la negativa de la empleadora de suministrar la información correspondiente) la elección en estudio resulta ajustada a lo establecido en la legislación vigente”.

4) “con relación a la falta de notificación, la entidad gremial ha acompañado […] las notificaciones remitidas al Ministerio de Modernización, recepcionada el 25/07/2012 y al Director de la Dirección General de Estadística y Censos, recepcionada el 24/07/2012. Dando por tierra con el planteo efectuado al respecto”.

5) Afirma que los datos “aportados por la empleadora [GCBA] resultan confusos”. Se hace mención explicita a la "actitud asumida por el organismo impugnante" retaceando información en diferentes momentos. Y concluye: "Ello sin duda ha generado un dispendio innecesario de tiempo y recursos, sin justificación alguna, y con el único objetivo de ocultar la verdadera situación de los trabajadores".


La conformación de la Junta Interna de ATE… ¿siguió un proceso institucional?


A principios de agosto de 2012, en pleno proceso eleccionario, la DGEyC hizo publico mediante un mail de Comunicación Institucional la impugnación del Ministerio de Modernización (Disposición N° 37) en donde se mencionaba explícitamente que se daba intervención al MTEySS para que resuelva esta cuestión (repitiendo el articulo 3 de la citada Disposición). Desde ese momento, lo mismo afirmó la Junta Interna de ATE Estadística, y además entendía que mientras no existiera una resolución definitiva por parte del MTEySS la Junta Interna debía ser reconocida como tal, así como los derechos gremiales de todos los delegados. Esto mismo señalaron varios legisladores porteños, diputados, organizaciones políticas y sociales, organismos de derechos humanos, medios de comunicación, Juntas Internas, personalidades y trabajadores.


Sin embargo, durante este largo año, las autoridades de la DGEyC no respetaron la normativa vigente y tampoco esperaron a que RESUELVA ESTA CUESTIÓN LA AUTORIDAD COMPETENTE (MTEySS) como corresponde legalmente. Todo lo que vino después es de público conocimiento: comenzó una permanentepersecución sindical que se manifestó en apercibimientos, descuento salarial, no pago de presentismo, irregularidades en el SIRH de los delegados, aprietes a compañeros, traslado a Rentas de nuestro delegado de organización y el despido, mediante una evaluación falsa, de nuestra delegada general (que la Justicia nos dio la razón y logramos reincorporarla luego de 78 días).


Por otra parte, al día siguiente de las elecciones de ATE (15/08/2012), el Director General envió un mail dirigido a todo el personal en donde mencionaba que“la constitución de una delegación interna de cualquier organismo del GCBA es un proceso institucional, en el cual la agrupación gremial debe, con la constancia de la anuencia de un porcentaje representativo del personal del organismo involucrado, iniciar un procedimiento administrativo con el área competente […]” y señalaba que “el proceso que finalizó ayer no siguió ese camino”, etc, etc.


El fallo del MTEySS es contundente al respecto, declarando la validez de la elección y el resto de lo mencionado más arriba. Entonces, teniendo en cuenta los hechos mencionados y este fallo a favor de la junta Interna por la autoridad competente, nos preguntamos ¿quien fue el que no siguió el proceso institucional correspondiente?




La importancia de organizarnos gremialmente


Esta Junta Interna plantea e intenta construir, como dijimos en nuestro comunicado hace 15 dias atras, una forma de sindicalismo democrático y participativo: sosteniéndose en la permanente consulta y participación de los compañeros. Por eso invitamos a todos los compañeros/as a que se SUMEN a la construcción democrática de esta Junta Interna de ATE Estadística, convencidos de que solo así entre todos podemos mejorar nuestras condiciones laborales a partir de una AGENDA GREMIAL propia de los trabajadores. Es por eso que debemos seguir construyendo nuestra herramienta gremial, convencidos que con el mayor apoyo posible de los compañeros garantizaremos que se efectivicen. Para que se respeten nuestros derechos como trabajadores, ¡Es muy importante que todos participemos!


Porque la lucha de los trabajadores de planta y contratados es una sola, desde ATE convocamos a todos los compañeros para que se sumen y participen, para que la VOZ de los trabajadores llegue con más fuerza a los oídos de las autoridades de esta DGEyC y sea permanentemente escuchada.


¡¡¡¡SUMATE A CONSTRUIR NUESTRA HERRAMIENTA GREMIAL Y ENTRE TODOS DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!!!!


ESCRIBINOS A juntainterna.ate.estadística@gmail.com

VISITÁ NUESTRO BLOG: http://juntainternaestadistica.blogspot.com.ar/


JUNTA INTERNA ATE ESTADISTICA Y CENSOS


Reclamo por atraso en carga de horas estadísticas

Compañeros:

Debido a la demora en la carga de horas ya realizadas el mes pasado, se presentó en el día de la fecha la siguiente nota por mesa de entradas:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de Agosto de 2013

Sr. Director Administración
DGEyC
Sr. Héctor Braga



Nos dirigimos a Ud. por medio de la presente, debido a la necesidad que tienen los agentes de Planta Permanente de contar con las horas extras ya realizadas, para utilizarlas a modo de Horas Estadísticas o ‘’franco compensatorio’’ sin tener que agotar otro tipo de licencias.

Por tal motivo, nos vemos en la obligación de solicitar la regularización en el funcionamiento de la carga de horas extras realizadas, correspondientes al período comprendido entre el 24/06 y el 22/07, teniendo en cuenta que en esta repartición hay casos en donde hace más de cuatro meses que no son cargadas y no hay ningún tipo de información por parte de las autoridades para aclarar estos inconvenientes.


Esperamos pronta y positiva respuesta para poder trabajar en conjunto y mejorar las condiciones de todos los trabajadores.




Junta Interna ATE Estadística y Censos.